La inversión mínima debe ser de al menos 500.000 €.
Las inversiones pueden repartirse en varias propiedades por un precio total de compra de al menos 500.000 €.
Puede hacer su inversión a través de una empresa extranjera si puede demostrar que posee la mayoría de esta empresa.
Los visados de residencia españoles pueden ser expedidos a la familia inmediata, incluyendo cónyuge o parejas no casadas.
Los visados de residencia españoles se pueden expedir a niños de hasta 18 años, hijos adultos económicamente dependientes y padres económicamente dependientes. También incluye a los niños mayores de 18 años que, debido a problemas de salud, no son objetivamente capaces de cuidarse a sí mismos.
El visado español no necesita ser renovado en un plazo de cinco años.
Como no existe una ley sobre estancia mínima no es necesario ser residente fiscal.
La visa permite el acceso a viajes ilimitados a través de los países de visa Schengen de la UE
La primera tarjeta se emite por dos años, pero los siguientes 5 años si se mantiene la inversión.
Usted y su familia que están cubiertos por la Golden Visa tendrán derecho a trabajar en España desde el primer día.
La denegación de la visa de inversión española generalmente solo se justificará por antecedentes penales impuros.
El solicitante debe poder demostrar que ha viajado a España al menos una vez en los dos primeros años, y una vez más en los tres años siguientes.
Un abogado recomendado se encargará de la solicitud de residencia, y el programa completo de Golden Visa, residencia para la familia, etc. El coste total para ello es de 1.500€ + 21% IVA.
EL SOLICITANTE DEBE CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
No haber entrado o permanecido ilegalmente en territorio español.
Tienen que tener 18 años o más.
No haber sido denegado la entrada en ninguno de los países Schengen.
Disponer de un seguro de salud público o privado autorizado para operar en España.
Disponer de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de manutención personal y familiar.
La prueba de la inversión debe hacerse a través de un certificado del Registro de la Propiedad que acredite la propiedad. O, si el título de propiedad aún no está registrado, a través de una copia de la escritura pública de adquisición y prueba de la presentación de la escritura en el Registro.